Teódulo López Meléndez
(@teodulolopezm en Twitter)
CARACAS (InfoCIUDADANO)
25/Marzo/2011
1. Movimiento social de concientización 2. Concepción inseparable de la diversidad humana 3. Fomento de empleos “verdes” 4. Revisión general de toda la legislación ambiental 5. Incorporación de la conservación ambiental al concepto de desarrollo sustentable 6. Conformación de la Oficina de Impacto Ambiental 7. Humanización de las ciudades. 8. Fortalecimiento de la investigación científica y tecnológica 9.Deducciones impositivas.
Las cumbres sobre la salud del planeta giran en torno al calentamiento global y a las responsabilidades de los Estados. Se especula sobre los resultados, generalmente magros, y se aplazan las decisiones hasta la próxima cumbre.
Más allá de ellas es necesario que cada país genere un movimiento social destinado a proteger los recursos naturales y a adaptarse al cambio climático. Lo hemos vivido en Venezuela con las lluvias repentinas y hasta con el cambio de la temperatura.
Ese proceso de concientización debe abarcar muchas cosas, desde la electricidad y el agua potable hasta la violencia contra las mujeres. Lo que quiero significar es que el primer programa en materia ambiental es el de la concientización, uno que excede a los parámetros donde se le ha pretendido restringir para llegar hasta el uso del agua y de su ahorro, de la conciencia de los químicos contaminantes, del uso del transporte masivo en sustitución del auto privado, hasta el aprendizaje en la clasificación de desperdicios y del reciclaje.
Las agresiones contra el medio ambiente, la conservación de los espacios naturales y todos los elementos vinculados a este tema ya no son desconocidos por la generalidad de los ciudadanos. Las advertencias del ecologismo han logrado que la información llegue a ellos, pero ha faltado la instrumentación legal y técnica para la práctica de una política racional en la materia. Es más, ha faltado la conciencia de que la cuestión ecológica puede convertirse en una centralidad estratégica de fuerzas de emancipación social. Por una razón muy sencilla: exagerada o no, catastrofista o no, la denuncia ecológica ha mostrado, por ejemplo, la ruptura de una concepción lineal de la historia, del mito del progreso en ascenso indetenible y de la concepción del hombre como un individuo abstracto.
Ahora los programas de los partidos suelen incluir propuestas ecológicas, generalmente como una vulgar adaptación a la moda. Es precisamente esto lo que ha llevado a la aparición de los partidos “verdes” ya con fuerza política propia en varios países europeos, más el agregado de la insurgencia en Colombia que llegó hasta disputar la presidencia de la república. Los movimientos “verdes” plantean así cambios económicos-políticos para salvar al planeta, pero más allá de la constitución o no de partidos, más allá de que algunos políticos tradicionales asuman el nombre para buscar una salida a la opresión y exclusión a la que los someten los partidos tradicionales, es menester platearse en serio entre nosotros un programa de preservación del ambiente.
Hay que admitir que una política ecologista debe concebirse en un marco económico y en una concepción de la diversidad biológica inseparable de la diversidad humana. Es menester ubicar esta lucha en la concepción que se tiene del país y en la organización socio-política-cultural que se pretende para él. Concepciones como una economía que favorezca los empleos “verdes” y una apuesta decidida por las energías renovables, son indispensables, por lo que necesariamente hay que abordar el tema de la contaminación de nuestras ciudades y de una política destinada a su humanización.
El problema es de alta complejidad y debe incluir también la contaminación tanto en el agua como en el suelo como en el aire, la pérdida de capa fértil, la extinción de especies, la deforestación, la desertización, y las específicamente relacionadas con la salud humana, como olores, enfermedades crónicas, incapacidad laboral, y por supuesto las relacionadas con el mundo animal.
En Venezuela encontramos pocos textos legales sobre la materia, entre los cuales hay dos decretos presidenciales de 1990. El primero destinado a proteger lo que queda de las reservas forestales, autorizando el desalojo o reubicación de los ocupantes de tales reservas y de lotes boscosos, y el del 5 de marzo del mismo año que prohíbe la realización de actividades contrarias a los fines de su creación en reservas forestales y lotes boscosos. Antes, en 1976, el decreto 1569 se prohibía el pago de indemnizaciones por desalojo de las reservas forestales. Más atrás tenemos la Ley Orgánica del Ambiente, de 1966 que establece una serie de parámetros generales en cuanto a señalar que la degradación ambiental será penada. La Ley Forestal de Suelo y Aguas y su reglamento también de 1966 destinada a la protección de los bosques. Existe la Ley Penal del Ambiente de 1992, así como la Ley para la Ordenación del Territorio de 1983.
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ILUSTRACIÓN: @milagrosblue, para infoCIUDADANO
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